jueves, 18 de octubre de 2012

HERENCIA ROMANA: LA FAMILIA Y EL CONTRATO MATRIMONIAL

Por: Ceciliano Cortes Areli Belén; Mejía García Saharai Carolina
 
 

Alguna vez te has preguntado, ¿Dónde surgió el Contrato Matrimonial? A lo largo de la historia la sociedad ha hecho uso de diversas costumbres, términos y marcos jurídicos que le permitan llevar una mejor relación de convivencia con los demás integrantes de su familia y en especial con la pareja previniendo aquellas situaciones en las que alguno de los miembros de la pareja diga “Se acabó el amor”.
Por ello hemos decidido hacer una descripción de la familia romana, integrando aspectos que hoy en la actualidad siguen en vigencia, como la existencia del contrato matrimonial que fue en Roma donde por primera vez se utilizó el término, por esto mismo deseamos iniciar con la concepción que se tenía en ese entonces del término “familia”
  • En sentido restringido, familia significaba la reunión de personas sometidas a la potestad o a la manus (poder sobre la esposa) de un pater familias (jefe familiar); En donde, la familia era una unidad política, económica y religiosa, cuyos integrantes estaban vinculados entre sí, por un vínculo civil.
  • La familia se constituía a partir del matrimonio legítimo, o justas nupcias formándola los cónyuges, y todos los descendientes nacidos de esa unión (filius), y de los descendientes de esos filius, que también eran filius familias.
Ya que el pueblo romano poseía un pensamiento pragmático al respecto de la forma y estilo de vida de cada uno de sus miembros, de modo que el matrimonio no se escapaba de aquel pensamiento utilitario; las relaciones sexuales, la convivencia y la vida en común de dos personas era considerada como un contrato en el cual no solo se veía sometida la voluntad de una pareja sino la de toda la familia. Esto en el sentido se hace notar la transformación que ha sufrido la concepción de familia, desde esa época romana hasta la actualidad,  señalando y observando que varios aspectos dieron pauta y son la plataforma de lo que hoy se conoce como  “Matrimonio” y todo aspecto legal que conlleve el mismo.
De modo, que con el matrimonio de una nueva pareja había que distinguir dos tipos de funciones de este contrato una de ellas era la celebración de la unión de dos familias y la segunda era ver al matrimonio como una fuente de incrementos económicos. Por lo que cualquier romano debía cumplir con ciertos requisitos para poder contraer matrimonio; uno de los requisitos primordiales para contraer matrimonio es que la pareja fuese de ciudadanía romana y que fuesen libres, es decir, sin matrimonios previos, actualmente para poder contraer matrimonio por el civil es necesario que la pareja en el caso de México posea la misma ciudadanía, y que no haya contraído matrimonio previamente, en caso de que uno de los contrayentes ya hubiese estado “casado por el civil” este deberá estar soltero para contraer nuevamente matrimonio.
Una vez que la pareja romana cumplía con los requisitos, se celebraba el contrato matrimonial donde se estipulaban las cantidades económicas a otorgar por parte de las familias de ambos contrayentes; actualmente en dicho contrato matrimonial se estipulan las funciones, deberes y obligaciones de cada uno de los contrayentes, y en alguna variantes de este contrato en la actualidad se estipula el porcentaje a otorgar por parte de cada uno de los contrayentes al gasto familiar, quien se hará cargo de ciertas labores del hogar y quien de otras, y si es que se van a tener hijos o no.
Antiguamente, esto no era así, y si los contrayentes ya no querían seguir en matrimonio algunas formas de disolverlo eran:
 
a)    Por la muerte de uno de los cónyuges.
b)    Por Capitis deminutio maxima: la captura de uno de los dos cónyuges por el enemigo, lo cual le convertía en esclavo/a y por tanto perdía su status libertatis, que podía recuperar si regresaba.
c)    Por Capitis deminutio media: que era cuando un ciudadano era deportado y perdía su ciudadanía, perdía su status civitatis y por tanto, la capacidad de contraer o permanecer en matrimonio.
d)    Divorcio. Sencillamente desaparecía la voluntad de ser marido y mujer. Aquí no hacía falta alegar ninguna causa por la cual querían disolver el matrimonio, pero no por eso era bien visto. Por otro lado, si la promotora del divorcio era la mujer, ésta sufría una serie de sanciones económicas respecto a la dote y los hijos.
En la actualidad, para poder disolver el matrimonio es necesario acudir a la autoridad competente donde se discuten las razones por las cuales la pareja quiere disolver el matrimonio y comienza un largo proceso de disolución parental. Así que hay que agradecer a los romanos el Contrato Matrimonial y las clausulas que este contiene.
 

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